“En el proyecto de constitución, Chile se define como un estado social y descentralizado”

Publicado el 3 de septiembre de 2022 a las 10:01

La nueva constitución, sometida a votación por los chilenos el domingo, ha suscitado muchas críticas. Desde un punto de vista constitucional, ¿es un texto bueno o malo?

Es un texto adaptado para iniciar un nuevo ciclo político en Chile. Mejor que el texto actual, permite integrar los cambios sociales, políticos y culturales del país en los últimos años. Eventualmente habrá que corregir varios aspectos del texto, ya que el proceso constituyente fue muy rápido y muy complejo. Pero entre el bien y el mal, es bueno.

¿Cuáles son los principales puntos de contraste con la constitución actual?

El texto actual contiene la idea de un estado de subsidiariedad en el que el sector privado es el motor de la sociedad y la gestión de todos los derechos y la propiedad. En la constitución propuesta, Chile se define a sí mismo como un estado de bienestar. Si bien reconoce las libertades personales y económicas, impone una lógica de redistribución para corregir las desigualdades sociales. El texto también consagra un estado común con reglas.

Luego, el nuevo texto establece un estado regional y, por lo tanto, está altamente descentralizado política, financiera y administrativamente. El texto actual, por otro lado, consagra un estado unitario fuertemente centralizado en torno al presidente como jefe de estado, gobierno y administración. El proyecto establece un estado plurinacional que reconoce a las diferentes naciones y pueblos, mientras que el texto actual no contiene norma alguna respecto a los pueblos indígenas.

También establece una nueva relación entre las libertades económicas, la naturaleza y los derechos laborales, mientras que el texto actual establece la primacía de la libertad de empresa. El texto también brinda herramientas para la democracia participativa, mientras que la Constitución actual está 100% orientada a la democracia representativa. Finalmente, mitiga el hiperpresidencialismo.

¿Cuál de todos estos puntos cristaliza el rechazo en la opinión pública?

Veo tres críticas principales que conducen al rechazo del texto. Me parece que el concepto de plurinacionalidad fue el elemento simbólico en que los proponentes del “Rechazo” (yo me opongo) creen que esto crearía múltiples estados dentro del estado. El segundo punto es la idea de un estado regional, que en su opinión disolvería el estado. El tercer argumento está relacionado con el sistema político, ya que el Senado será reemplazado por una cámara regional con facultades únicamente de revisión, lo que implica un fortalecimiento de la Cámara de Diputados.

Muchos critican un texto “maximalista”. ¿En qué aspectos debería haber sido más “minimalista”?

Si por maximalista entendemos regular muchos asuntos, es maximalista. Si queremos decir que no permite que otras fuerzas políticas gobiernen, entonces no lo está. Sí, hubo una tendencia en la convención constituyente de trasladar a la constitución las diversas demandas sociales. En este sentido, el texto responde al calificativo maximalista. Esto es muy característico de los procesos constitucionales latinoamericanos, donde cuando los gobiernos no integran bien las demandas, surgen los votantes y las demandas ciudadanas se traducen en el texto constitucional. Creo que hay varios temas que se podrían haber legislado, pero preferimos incluirlos en el texto constitucional.

¿Con qué constituciones en el mundo es comparable?

La propuesta se basa en varias ideas que han estado presentes durante mucho tiempo en las constituciones europeas. La idea de un estado de bienestar es específica de los países europeos y también de la constitución colombiana. El presidencialismo es específico de los países latinoamericanos, por lo que el texto no es muy innovador en este punto. La idea de un estado regional corresponde a lo que existe en España, Italia y también en Colombia.

El de un estado plurinacional recuerda a Bolivia o Ecuador. La idea de un modelo equilibrado entre naturaleza, libertad empresarial y propiedad es característica del constitucionalismo europeo de la última década, con Suiza estableciendo una regla de equilibrio entre naturaleza y desarrollo, o Francia adaptando su constitución en su reforma de 2005 a una ambiental. la carta incluye. La cuestión de la democracia participativa ha estado en el centro del debate europeo durante los últimos treinta años para definir cómo se puede mejorar la democracia representativa frente a las crisis de todas las democracias occidentales.

Augusto Bojorquez

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