El Tribunal de Apelación no informó a la policía de la solicitud de extradición del torturador de Pinochet, que regresó a Alemania tras ser detenido en Forte dei Marmi

Nunca, como en este caso, el razonamiento del Tribunal Supremo de Casación arroja luz sobre el asunto Reinhard Doring Falkenberg, acusado de ser uno de los carceleros y torturadores más peligrosos del régimen chileno de Pinochetquien fue arrestado en Forte dei Marmi en septiembre pasado mientras estaba de vacaciones con un grupo de turistas alemanes.

armiño especificado es inadmisible la solicitud de extradición y aumento de la prisión preventiva realizada por el Fiscal General de la Corte de Apelaciones de Florencia contra el hombre de 76 años.

Pasemos a entender a cabalidad el delicado asunto procesal. En el marco del proceso de extradición contra Reinardh Doring Falkenberg, la Corte de Apelaciones de Florencia, a pedido de Chile, rechazó la solicitud de endurecimiento de la medida cautelar con la solicitud de prisión preventiva cautelar y la emisión simultánea de una orden de detención europea , presentado por el Fiscal General de Florencia. El tribunal había rechazado la solicitud con la conclusión de que el riesgo de fuga en relación con la persona extraditada no era posible porque el ciudadano alemán siempre había cumplido con las disposiciones relativas y había abandonado el territorio nacional para regresar a su residencia en Alemania, solo después de la notificación del fin de la medida, pero debido a un error de los jueces florentinosescribe la casación en el veredicto publicado hoy (15 de marzo).

“Tras descubrir los pasajes esenciales del proceso de extradición en curso, el Ministerio Público ha deducido un razonamiento y una infracción de derecho en relación con la valoración errónea de las necesidades cautelares de excepcional importancia, en particular el riesgo de fuga, contra un sujeto de más de setenta pulgadas Estado de salud considerado incompatible con el estado de detención“. En síntesis, el fiscal florentino consideró que dada la gravedad de los delitos que motivaron la solicitud de extradición, tipificados por las autoridades chilenas como crímenes de lesa humanidad, por el secuestro y presunto asesinato de tres ciudadanos chilenos, los resúmenes de los procesos judiciales sometidos a la justicia chilena junta militar durante los años del golpe de 1973, a pesar de la probada incompatibilidad del estado de salud con la pena de prisión, el alcance de la obligación de presentación no puede considerarse adecuado en relación con el riesgo de fuga. El regreso del interesado a Alemania tras la notificación errónea de que la medida había terminado también confirmaría el riesgo concreto de fuga.teniendo en cuenta la resistencia expresada anteriormente por las autoridades alemanas a autorizar su extradición.

De hecho, tras su detención por graves motivos de salud, el hombre solo tuvo que firmar y solo regresó a Alemania cuando la policía de Lucca le comunicó el pasado mes de noviembre que la medida cautelar había terminado.y “no haber sido informado por la Corte de Apelaciones de Florencia de la interposición de la solicitud de extradición”, según la sentencia. Mientras tanto, el hombre había regresado legalmente a Alemania, a Gronau en el Rin del Norte. Ahora que los armiños ya no están en territorio italiano, lo dejan claro ya no pueden influir de ninguna manera ni en el endurecimiento de las medidas de seguridad ni en la extradición, todas las solicitudes que ahora tiene que hacer Chile a Alemania.

De hecho, la casación dice claramente: “Es un principio bien establecido, ya sostenido por este Tribunal de Casación, que la presencia en territorio italiano de la persona cuya extradición se solicita es la condición esencial que legitima la solicitud del extranjero. Estado. Resulta que Si se prueba que la persona a ser extraditada ya no se encuentra en territorio italiano, no se cumplen las condiciones para la promulgación de la orden de extradición y debe declarar que no necesita atención.“.

Los procedimientos judiciales en Italia han concluido.

Esperanza Pardo

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