Caso Suez/Chile: El tribunal desestima la acción interpuesta

En una decisión emitida hoy en el caso Suez, el tribunal de París declaró inadmisibles a las asociaciones demandantes, privando a las víctimas de una grave crisis sanitaria en Osorno, Chile en 2019, de cualquier recurso efectivo. La FIDH y sus socios apelarán esta decisión.

París, 1 de junio de 2023. ” Nuestras asociaciones, que representaban la voz de las comunidades afectadas de la ciudad de Osorno, carecen de un recurso legal efectivo contra el Grupo Suez ” llamado José Aylwin, coordinador del programa Empresas y Derechos Humanos del Observatorio Ciudadano y gerente de proyectos de la FIDH. ” Por lo tanto, la ley de vigilancia francesa es ineficaz para brindar acceso a la justicia a las comunidades afectadas en cualquier parte del mundo. »

El Tribunal de Justicia de París confirmó las pretensiones de la defensa. Consideró que Vigie Groupe SAS, anteriormente conocida como Suez Groupe SAS, no podía ser considerada demandada en la demanda porque el plan de seguimiento en cuestión no mencionaba qué empresa del Grupo Suez era la originadora.

Según esta interpretación, ya no será posible que las asociaciones sepan a qué empresa deben demandar por vigilancia si no firman el plan de vigilancia. ” llamado Clémence Bectarte, Coordinadora del Grupo de Acción Jurídica de la FIDH.

El juez también consideró que las asociaciones querellantes eran inadmisibles porque no habían asignado a la empresa el mismo plan de seguimiento en el que se basó la orden judicial.

Esta decisión deroga la ley de vigilancia ” llamado Maddalena Neglia, Jefa de la Oficina de Globalización de la FIDH. ” Nuestras asociaciones habían demandado a la empresa, señalando que el diálogo que se produjo después de la notificación formal había fracasado precisamente porque el nuevo plan no tenía en cuenta las demandas que habíamos formulado. »

Esta decisión muestra una vez más la reticencia de los jueces franceses a pronunciarse sobre el fondo de esta ley, que sin embargo protege los derechos humanos y el medio ambiente como su objetivo central. Otros casos anteriores, como el relativo a Megaproyecto petrolero EACOP por Total Énergies en África Oriental, ha sido declarado inadmisible por puntos procesales controvertidos.

Una demanda en respuesta a una grave crisis sanitaria

La FIDH, el Observatorio Ciudadano, la asociación Red Ambiental Ciudadana de Osorno y la Liga de Derechos Humanos (LDH) habían citado a juicio a la empresa Suez el 11 de junio de 2021, en aplicación de la ley sobre el deber de vigilancia, tras una comunicación formal julio 2020. En julio de 2019, vecinos de Osorno, Chile, fueron privados de agua durante 10 días y emitieron una alerta sanitaria porque la red de agua estaba sucia. Control de agua potable después de un reciente accidente industrial en ESSAL, una empresa de Suez. Existían continuas perturbaciones, omisiones y deficiencias, que las autoridades chilenas de control habían señalado reiteradamente y antes se habían referido como de “alto riesgo”.

La empresa había señalado que las asociaciones no habían apuntado a la empresa correcta en su citación. También señaló que esto último no se hizo con el mismo nivel de vigilancia que la notificación formal.

Las asociaciones apelarán

Apelaremos esta decisión ya que estamos decididos a reconocer la plena aplicación de la ley francesa sobre vigilancia. ” llamado Maîtres Julie Juillet y Florian Curral-Stephen, abogados de las asociaciones solicitantes. ” A más de cuatro años de la entrada en vigencia de la ley, lamentamos que no se haya tomado una decisión de fondo sobre las violaciones a los derechos humanos denunciadas. »

Esta decisión es tanto más importante cuanto que llega el día en que el Parlamento Europeo en sesión plenaria adoptó su posición sobre el proyecto de directiva sobre “sostenibilidad corporativa”. A medida que la Unión Europea avanza hacia la introducción de una obligación de vigilancia europea, la jurisprudencia francesa parece ir en la dirección opuesta.

Augusto Bojorquez

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