tuLa Constitución es un artefacto complejo, tanto un reflejo de su tiempo como una promesa normativa para el futuro. Siempre es un compromiso entre diferentes visiones, incluso si el texto expresa una concepción unificada o es parte de una revolución triunfante. Toda constitución es más que un papel: su significado va más allá del texto y muchas veces se activa a través de otros canales, legales o sociales.
A la luz de estos postulados, podemos analizar la propuesta constitucional elaborada por la Asamblea Constituyente de Chile, la cual será sometida al referéndum de los ciudadanos del país el próximo 4 de septiembre.
El proceso fundacional que condujo a este proyecto fue el más democrático en la historia de Chile, un país donde el dinamismo de los sectores populares estuvo muchas veces reñido con el conservadurismo institucional. En octubre de 2019, una movilización popular de escala y radicalismo sin precedentes pidió la derogación de la actual constitución, redactada bajo la dictadura militar en 1980.
Un año después, en octubre de 2020, los ciudadanos votaron masivamente en un referéndum a favor de redactar una nueva constitución, y en esa ocasión apoyaron la opción más democrática propuesta para su redacción: una Asamblea Constituyente paritaria cuyos miembros serían designados tras elecciones organizadas para esta objetivo. Han dado un gran triunfo a actores y agrupaciones que hasta ahora habían estado ausentes en gran medida de la vida parlamentaria chilena, pero que desde hace algunos años sienten estrechos vínculos con los movimientos sociales en pleno apogeo. De hecho, el 66% fueron elegidos en listas independientes de los partidos tradicionales. La Convención estuvo así marcada por la presencia de nuevas fuerzas con ideas claramente progresistas.
Gran progreso
Mucha polémica acompañó el funcionamiento de la asamblea, los medios de comunicación y los partidos tradicionales criticaron, no sin malicia, la calidad de sus propuestas o el retraso en los plazos originales. Pero la Convención elaboró un texto presentado el pasado mes de julio que, con sus ventajas y desventajas, expresa importantes avances en materia de derecho constitucional. En particular, el proyecto refleja la evolución del derecho constitucional contemporáneo, ya sea con el constitucionalismo “normativo” surgido tras la Segunda Guerra Mundial (definición del estado social y democrático de derecho, especialización de un tribunal constitucional, visión garantista de los derechos) o con el nuevo constitucionalismo latinoamericano (reconocimiento de “vive una buena vida”derechos naturales, pluralismo jurídico, etc.) – también innovadora en ciertas definiciones (“república solidaria”), instituciones (defensores de la naturaleza) o sujetos (derechos de la neurodiversidad, derechos digitales, etc.).
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